Code embedding is not a crime!
13 12 2007
El skater-surfer Jay Adams.
(Estilo agresivo en los años 70. Foto: ?)
El skateboarding presume de ser una cultura con fuertes raizes en el punk, la rebeldía, y la cultura DiY (”háztelo tu mism@“), pero tras el ajetreo estos últimos días en este blog nos preguntamos: ¿qué queda de toda esa filosofía hoy día?
Evidentemente nuestra experiencia personal os dirá que el skateboarding se ha introducido tanto en la corriente principal (”mainstream” en anglosajón) que toda actitud punk ha sido convertida en estética y complementos de moda urbana. Más aun, podemos decir que el anhelo del skater por terminar insertándose en el mundo de las grandes empresas y “estrellato Hollywood-iense” esta sometiendo al acto de patinaje a trazar fronteras y limites en su desarrollo creativo. Y eso sin considerar las estrictas y restrictivas políticas del Copyright y derechos de autor que han servido de arma arrojadiza hacia este proyecto por parte de Blitz distribution, Francisco Burgos y algún infantil skater donostiarra por el simple hecho de nuestros enlaces a los nuevos videos de la compañías Birdhouse y Lakai.
En opinión de Perros Callejeros Films (que liberamos todos nuestros contenidos audiovisuales al mismo tiempo que son producidos) estas formas de considerar la cultura videográfica atada a unas intransigentes políticas de copyright suponen un grave atentado contra la tradición subversiva del skateboarding que tantas veces a saboteado la cultura oficial y a los grandes empresarios (¿alguién recuerda a Steve Rocco?). Y aquí, y por la cuenta que nos trae, sólo recordaremos unos viejos ejemplos como pueden ser las infracciones de copyright llevadas a cabo por Birdhouse al utilizar la banda sonora del videojuego “SHUBIBIN MAN 3” en la parte de Jeremy Klein en el viejo video titulado “Feasters” (1992). O de cuando utilizaron imágenes de la película de animación “Akira” intercaladas al estilo “collage” entre secuencias de skate en el “Ravers“. Y por si no lo sabían ahí sí que se violaron los derechos de autor del director japonés Katsuhiro Ôtomo. Aquí tenéis el citado video de skate “Feasters” (19min.) con: Steve Berra, Jeremy Klein, Willy Santos, Tony Hawk, Ocean Howell, Eric Koston y Vanilla Ice…
El departamento de marketing de Blitz distribution está informado de que embedir código no es un crimen, a pesar de ello continuan mostrando una actitud poco dialogante. Por ello seguimos adelante con nuestro proceso legal, y va a ser nuestro nuevo abogado el sevillano David Bravo quien les va a escribir una carta para recordarles que desde este blog no se ha llevado ninguna acción ilegal. Tal y como le comentábamos por teléfono a Andrew Shusterman de Birdhouse ya es hora de que se pongan al día con esto de la web 2.0 y dejen de intimidar y coacionar. Sus acciones represoras no han resultado más que en una incostitucional postura de negar la libertad de expresión en la era digital… y eso que su jefe Tony Hawk es el personaje principal de un videojuego y gran estrella del entretenimiento!
Por supuesto debemos aquí agradecer a Santi Eraso por sus consejos y por ponernos en contacto con David Bravo… que paradojicamente esta trabajando en otro caso para el MACBA. Este museo de la ciudad de Barcelona se ha convertido en este nuevo siglo XXI en todo un referente dentro del terreno apto para el patinaje callejero, sufriendo la invasión de miles de patinadores y lo que es peor, la capitalización del skating en ese lugar por parte de montones de empresas norteamericanas. ¿Por qué seguir consumiendo una cultura imperialista obsoleta cuando ellos mismos nos demuestran la calidad de lo local? Ahora si os apetece repasaremos como es el copyright y que alternativas hay frente a este discurso único de actitud inquisidora…

Wikipedia nos dice que el derecho de autor (del francés droit d’auteur) es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística o científica, tanto publicada o que todavía no se haya publicado. En el derecho anglosajón se utiliza la noción de copyright (traducido literalmente como derecho de copia) que, por lo general, comprende la parte patrimonial de los derechos de autor. En España se conoce como propiedad intelectual al derecho de autor. La vigente Ley de Propiedad Intelectual (LPI) data de 11 de noviembre de 1987. Tras algunas reformas y la aprobación de varias leyes especiales, en 1996 se llevó a cabo una refundición, que ya ha sido objeto de alguna modificación posterior. La LPI explícitamente recoge en el artículo 31 el derecho a la copia privada, es decir, el derecho a hacer copias privadas sin permiso del autor siempre que no exista ánimo de lucro y la obra haya sido ya hecha pública. Para compensar a los autores, introduce el pago de un canon compensatorio asociado a algunos soportes de grabación (CDs, DVDs, cassettes, reproductores MP3…) y grabadoras (cámaras fotográficas, grabadoras de CD/DVD, fotocopiadoras…). Los importes recogidos por este concepto tienen que ser gestionados a través de Sociedades de Gestión de Derechos de Autor (como o SGAE y CEDRO).

En contraste con la agresiva forma de gestionar la cultura que ejerce el Copyright, tenemos el Copyleft y las conocidas licencias Creative Commons. Copyleft o copia permitida describe un grupo de derechos aplicados a una diversidad de trabajos tales como programas informáticos, arte, cultura y ciencia, es decir prácticamente casi cualquier tipo de producción creativa. Sus partidarios la proponen como alternativa a las restricciones de derechos que imponen las normas planteadas en los derechos de autor, a la hora de hacer y redistribuir copias de una obra determinada. Se pretende garantizar así una mayor libertad para que cada persona receptora de una copia, o una versión derivada de un trabajo, pueda, a su vez, usar, modificar y redistribuir tanto el propio trabajo como las versiones derivadas del mismo. Así, y en un entorno no legal, puede considerarse como opuesto al copyright o derechos de autor tradicionales.

Tenemos que confesar que la intención de Perros Callejeros al empezar a enlazar nuevos videos de skate hace un mes (el primero fue el de Nike Sb) era simplemente provocar algún tipo de reacción, pero nunca nos imaginábamos que todo esto podía a llegar a ocurrir. Al contrario de querer sabotear pequeñas presentaciones locales, tal y como nos acusó un lector, nuestra intención era desenmascarar el infantil fanatismo y seductor corporativismo que empujan la difusión de producciones videográficas skaters hoy día… y eramos conscientes de que los escándalos son una de las maneras más efectivas de conseguir un debate. Nos lamentábamos de la escasa asistencia a las proyecciones del Festival Street Zinema 2007 y nos daba pena que trabajos tan interesantes como el documental “The Run Up“, el video argentino “Pibes de la Calle“, o los DVD’s del japonés Takahiro Morita pasasen desapercibidos en una escena tan pubescente. Estos trabajos, y aquí nos dirigimos al empresario Francisco Burgos, también les han supuesto a sus autores largas horas de trabajo (Morita tardó 5 años en finalizar uno de sus videos) y grandes dosis de pasión, tiempo y dinero invertidos en sus proyectos. Tal y como nos comentaba ayer Turtleboy, refiriéndose al filmer norteamericano Josh Stewart, para mucha gente grabar y difundir contenido audiovisual skater independiente les/nos supone muchas veces un negocio poco rentable. Así que por favor abstenganse de intentar darnos pena argumentando que todas estas producciones comerciales son toda una obra de arte, y que hay que apoyarlas cual fanático marine que obedece las ordenes invasoras de George Bush.
Para terminar deciros que este texto sólo tiene la pretensión de servir para aclararnos todas estas dudas que han surgido últimamente, además de presentarse como declaración de intenciones. También tenemos que manifestar publicamente que lo que más nos duele de todo este asunto es que uno de los comentaristas poco receptivos en nuestro artículo sobre el nuevo video de Lakai sea una persona a la cual hemos apoyado enormemente en la difusión de su trabajo. En un documental suyo utiliza una canción del grupo donostiarra Duncan Dhu, pasando por alto los derechos de autor de estos. Y lo peor todavía es que probablemente ignorará que Mikel Erentxun, cantante de este grupo, es parte de la nueva Junta Directiva de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) del Estado español hasta 2011. Evidentemente aquí alguien se ha olvidado de los riesgos legales que hemos tomado financiando la difusión de su trabajo audiovisual, y esto es sólo un ejemplo más de que en este asunto todos/as estamos llenos/as de contradicciones… así que eche la primera piedra la persona que este libre de culpa.

P.D. Una última paradoja, el ordenador portatil o “laptop” desde que se trabaja en este blog tiene adherido una pegatina de Birdhouse Projects de principios de los 90.













Esto aclara bien las cosas.
y muy bueno el P.D. jajaja el azar no existe…
animo, mas verdades k un santo
os seguimos desde donosti. un vuejo oldskate
Enhorabuena por este maravilloso texto, por vuestra actitud y por contar con David Bravo, todo un especialista en este campo. Espero que os vaya todo bien.
Gracias por los comentarios!
;D
Lo curioso del tema es que el video de Birdhouse a pasado desapercibido para los/as lectores/as de este blog, al contrario que con el de Lakai… que ha obtenido un montón de atención y que logró que las visitas a este espacio web se duplicasen por unos días!!!
[...] Cotton: skateboarding without the industry bullshit” es una web que busca ayudar y promover todas las compañías [...]
[...] online en AKpress. O verlo entero (54min.) en Brightcove (desgraciadamente no podemos “embedir” ese contenido en este [...]
[...] Desde luego la cada vez más creciente necesidad por parte de la comunidad skater de viajar hacia espacios de la periferia, por la ilegalización del skateboarding en los nucleos urbanos céntricos, está consiguiendo que l@s patinador@s se re-adapten a nuevos terrenos o construyan los suyos propios. La mutación de espacios urbanos hostiles en propuestas de arquitectura de caracter “házlo tu mismo”, es quizás la siguiente fase de evolución en la práctica del skateboarding no-comercial. El los 80-90 el street-skating, o patinaje callejero, se apropió del estático mobiliario urbano y lo reinterpretó llevando a cabo una de las revoluciones más radicales del urbanismo del siglo XX. Tal y como dice el difunto arquitecto Edmund Bacon, nosotr@s l@s patinadores les hicimos darse cuenta a los planificadores urbanos de que la calle además de ser un espacio de paso y encuentro, puede ser reinterpretardo constantemente hasta límites insospechados por los cuales la arquitectura transciende a su propia función para la cual fue originalmente proyectada. Y es ahora, en este preciso momento, cuando debemos ponernos manos a la obra y hacer que ese proyecto arquitectónico skater que está surgiendo en un lugar secreto de Donostialdea pille fuerza y termine convirtiéndose en un lugar divertido, a la vez que respetuoso, para patinar… el futuro del skateboarding sigue dependiendo de la creatividad!!! [...]
[...] lo deciamos en este blog el año pasado cuando tuvimos unos problemas legales al difundir videos de skateboarding de grandes compañías norteamericanas… “considerar la cultura videográfica atada a [...]